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Confirmado: los eventos deportivos de menores de edad no podrán ser objeto de apuestas

Fernando Fernando

La Dirección General de Ordenación el Juego (DGOJ) acaba de publicar una resolución en la que prohíbe realizar apuestas a eventos deportivos en los que participen de forma activa menores de edad. Incluye eventos disputados de forma exclusiva por menores, así como actividades deportivas en las que éstos tengan una presencia mayoritaria.

Para la redacción de dicha resolución, la DGOJ ha tenido en cuent diversas razones por las cuáles entiende que los niños y menores de edad no deben ser objeto de apuestas. Hay que entender que es uno de los grupos sociales más vulnerables y protegidos por la ley.

La primera razón es la intención de establecer una separación entre la práctica de actividades deportivas y las apuestas. Se entiende que el principal interés de los eventos deportivos protagonizados por menores es su propio desarrollo físico, mental y competitivo, y que no se debe relacionar en ningún momento con prácticas más banales como las apuestas deportivas.

Asimismo, otra de las razones es garantizar a los menores que puedan ejercer sus actividades en un contexto de máxima seguridad y transparencia. La práctica deportiva debe ser saludable en todos los aspectos para los menores de edad, por lo que es necesario separarles de actores que podrían pervertir este espíritu, como la aparición de empresas con intereses económicos.

El objetivo final es evitar que las competiciones en las que participan los menores de edad puedan ser manipuladas, ya que son un grupo social susceptible de ser influenciado, debido a que no han alcanzado su madurez, ni deportiva ni mental.